El “bloqueo” oficial al trabajo de las Organizaciones No Gubernamentales, ONG, se ha trasladado al ámbito internacional. Nicaragua es el único país de Centroamérica y el segundo del continente, en impedir la participación de organismos de la sociedad civil en el trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, OEA, que se realizará en San Pedro Sula, Honduras, del primero al tres de junio próximo.
El 12 de mayo pasado venció el período para que los gobiernos del continente dieran su beneplácito a las ONG de sus respectivos países, y las reportaran ante el Consejo Permanente del organismo hemisférico para que fueran incluidas en el evento de San Pedro Sula. Dado que sólo los gobiernos de Venezuela y Nicaragua aún no aprobaban la participación de las ONG, la OEA extendió por tres días el plazo, pero aún el 15 de mayo tampoco hubo respuesta de ambos gobiernos.
El Consejo Permanente de la OEA es la instancia responsable de autorizar –a petición de los estados miembros–, la participación de los Organismos de la Sociedad Civil (OSC) en los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General. Previo a la autorización del Consejo Permanente, las solicitudes deben contar con el consentimiento del país sede del evento, en este caso, el gobierno de Honduras.
Nicaragua y Venezuela pendientes
La secretaría general de invitaciones al trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General que requieren autorización del Consejo Permanente, emitió el 12 de mayo el informe oficial con el listado de los países que acreditaron a sus respectivos ONG. En el documento, Nicaragua y Venezuela aparecen con una leyenda entre paréntesis que dice “pendiente de aprobación”, en referencia a los organismos que debían acreditar.
“Conforme con el artículo 10 del Reglamento de la Asamblea General, la Secretaría General, con la anuencia del gobierno de la República de Honduras, presenta a la consideración del Consejo Permanente las solicitudes recibidas de las organizaciones de la sociedad civil para participar en el trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA hasta el 5 de mayo de 2009”, se lee en el encabezado del documento.
Es decir, que hasta el 5 de mayo, los gobiernos de Nicaragua y Venezuela aún no presentaban los nombres de las ONG que participarían en representación de ambos países.
Las objeciones
Una fuente ligada a la delegación de Nicaragua ante la OEA, encabezada por el embajador Denis Moncada Colindres, explicó a EL NUEVO DIARIO que aunque el reglamento no establece literalmente el derecho de veto de los gobiernos a la participación de las ONG, en la práctica sí lo hacen.
Verbalmente o por escrito, los embajadores de cada Estado miembro pueden opinar a favor o en contra de la participación de determinada ONG, y pese a que el Consejo Permanente de la OEA es la instancia que autoriza esa invitación, es la representación de cada gobierno la que presenta el listado de los organismos de la sociedad civil que desea que participen en el período ordinario de sesiones de la Asamblea General.
Lo que ha ocurrido generalmente, según la fuente diplomática, es que los gobiernos objetan por cualquier motivo la participación de un ONG que no es de su conveniencia, y el Consejo Permanente termina no autorizando su participación en el evento regional.
El pasado viernes 22 de mayo, se realizó en Canadá la última reunión del Consejo Permanente –este país ostenta la presidencia rotativa de esta instancia de la OEA–, previo a la cita de la Asamblea General en San Pedro Sula. En un último intento, los representantes del Consejo Permanente pidieron a las delegaciones de Nicaragua y de Venezuela que presentaran la lista de ONG participantes, pero no lo hicieron.
Las bloqueadas
Las acciones del gobierno nicaragüense ante la OEA, tienen lugar en momentos en que las ONG internacionales están siendo sometidas a un riguroso control en sus relaciones con las organizaciones de la sociedad civil nacionales, sobre todo, en el manejo de recursos financieros y el involucramiento de estos organismos en temas políticos, gobernabilidad, democracia y transparencia.
El manual o normativa para las ONG internacionales circula entre los representantes de estos organismos, pero también es del conocimiento de algunos directivos de organismos no gubernamentales nacionales, quienes ya han expresado su rechazo por considerarlo violatorio y restrictivo de los derechos ciudadanos.
Son cinco los ONG que no podrán participar en el evento de San Pedro Sula que inicia el próximo lunes: la Asociación de Promotores y Defensoría de los Derechos Indígenas de Nicaragua, Aprodin; el Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas, Ieepp; el Instituto Nicaragüense de Estudios Humanísticos, INEH; la Red de Mujeres Afrolatinoamericanas, Afrocaribeñas y de la Diáspora, y la Asociación de Mujeres Profesionales por el Desarrollo Integral, Ampdi.
¿Cómo participar en la Asamblea General?
Existen dos formas para que las ONG de un país participen en las sesiones ordinarias de la Asamblea General de la OEA. La diferencia estriba en el estatus de la ONG ante la OEA, pues están las Organizaciones No Gubernamentales registradas y las no registradas ante el organismo regional.
Carlos Ponce, Coordinador General de la Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia, explicó que, en principio, todas las organizaciones de la sociedad civil de todos los países miembros pueden pedir ser “registradas”, envían sus documentos, y la OEA los evalúa y aprueba o no.
“Hay un procedimiento (para registrarse) que debería ser sencillo, pero hasta ahora Venezuela inventó el poder de veto del país de origen de la organización, y creo que Nicaragua está haciendo ahora lo mismo”, explicó Ponce.
Una vez registrada formalmente, la organización debería tener derecho a participar libremente en la OEA, pero no es así. “Se inventaron que para las asambleas y cumbres, las Organizaciones No Gubernamentales deben enviar una carta al Secretario General de la OEA manifestando su deseo de participar”, señaló.
Una práctica equivocada
Según Ponce, la normativa de la OEA para la participación de la sociedad civil es muy clara en cuanto a los mecanismos de participación y de la inscripción de una organización dentro de la OEA.
“Para que una organización pueda participar en las actividades de la OEA, deberá dirigir al Secretario General una comunicación presentando la solicitud correspondiente. El Secretario General referirá la solicitud a la Comisión, la cual la analizará, formulará las recomendaciones que estime pertinentes, y la remitirá al Consejo Permanente, a fin de que éste adopte la decisión que sea del caso”, explicó.
Ponce añade que en la aludida normativa sólo existe una referencia a la posibilidad de los gobiernos de pedir información adicional. “Pero el Gobierno de Venezuela, lamentablemente, ha impuesto una tesis de que tienen el derecho de rechazar a las organizaciones de ese país”.
“La resolución establece que cuando la comisión analice las solicitudes de participación, los estados miembros podrán efectuar comentarios y solicitar informaciones a la organización respectiva, los cuales serán transmitidos a ésta para su respuesta. En la normativa no existe la posibilidad para que un gobierno tenga voto preferente y rechace a las organizaciones, y menos por razones políticas, que es lo que está ocurriendo en la OEA”, expresó.
Según Ponce, en materia de asambleas generales, se ha tomado la práctica equivocada de pedir a los gobiernos su opinión acerca de las organizaciones de sus respectivos países que solicitan participar en estos eventos.
“Esto permite a Venezuela oponerse año con año a las organizaciones de la sociedad civil que desean contribuir con la OEA. Lo más grave de esta situación es que muchas organizaciones llevan años registradas y participando en la OEA”, señaló Ponce.
Esta actitud también ha sido adoptada por el gobierno de Nicaragua, pues este año no aprobó las solicitudes de las ONG correspondientes.
ONG “no registradas”
La otra modalidad de participación está referida a las ONG “no registradas. Las organizaciones no registradas en la OEA, además de la carta manifestando su deseo de participar, deben enviar documentos constitutivos y otros de diferente naturaleza.
“Una vez que la OEA recibe la documentación, se inicia un procedimiento –que no está muy claro en las resoluciones–, consistente en que el Consejo Permanente revisa la lista de ONG y aprueba su participación en las asambleas”, explicó Ponce.
Además, señala que “no hay nada en las resoluciones que indique que un país pueda vetar a unas organizaciones, pero en la práctica han dejado que Venezuela se oponga a algunas organizaciones”
“Este año, en la última sesión del Consejo Permanente (los embajadores de) Venezuela y Nicaragua dijeron que tenían dudas de la participación de organizaciones de ambos países, y que pedían que no fueran registradas. Luego pidieron un tiempo adicional para ‘investigarlas’”, añade Ponce.
“En la reunión del Consejo Permanente de la OEA, del 12 de mayo de 2009, donde se revisaron las organizaciones de la sociedad civil que solicitaron participar en la Asamblea General de San Pedro Sula, los gobiernos de Venezuela y Nicaragua decidieron bloquear la participación de las organizaciones de ambos países, y son las únicas naciones que hasta la fecha no cuentan con invitación para participar en la Asamblea General”, reiteró Ponce.
26/05/2009